CARLOS ARTURO GÓMEZ PAVAJEAU
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El concepto de dignidad humana no viene definido jurídicamente y, como concepto jurídico indeterminado, debe buscarse su sentido en la antropología filosófica, en tanto disciplina que reflexiona sobre lo que es el hombre a partir de los aportes de la medicina, la antropología, la psiquiatría, la psicología, la fisiología, etc. Hoy, la neurociencia cumple un papel revolucionario en el estudio del ser humano, imponiendo metodológicamente a toda disciplina su saber, desarrollando el ideal interdisciplinario, o mejor transdisciplinario, por lo que bien podemos hablar de neuroantropología filosófica.
MICHAEL KUHAR (El cerebro del adicto) afirma que "comprender el cerebro y el comportamiento humano es un requisito básico para establecer metas objetivas para\' el mejoramiento personal y social", sentencia que se constituye en una verdad inconcusa para el derecho penal y disciplinario. Con este trabajo queremos cumplir una aproximación al tema, pues mucho camino queda por recorrer, al menos mostrar cómo, de alguna forma, los cultores de lo jurídico y por supuesto la Administración de Justicia vivimos de espaldas a los aportes que otras disciplinas hacen al conocimiento del ser humano y su comportamiento. No se trata de un nuevo naturalismo ni de una recidiva en la antropología positiva lombrosiana, por el contrario, nos movemos en el más puro humanismo, aquel sugerido por los artículos 1 y 70 de nuestra Carta Política.